El Grupo B es el segundo de los dos procedimientos que distingue el Reglamento de Vehículos Históricos (Real Decreto 892/2024). A diferencia del Grupo A, que es un simple cambio de servicio, el Grupo B implica una matriculación como histórico y, en la mayoría de los casos, la intervención técnica de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos como Carricoche.
Qué es el Grupo B
El Grupo B agrupa a los vehículos que no cumplen los requisitos del Grupo A: no tienen matrícula ordinaria vigente en España, están en baja definitiva, carecen de ITV en vigor, o su matrícula ordinaria no se corresponde con la fecha de fabricación o de primera matriculación del vehículo, supuesto previsto en el artículo 4 del reglamento. En estos casos, el resultado del procedimiento es una matriculación como histórico, no un simple cambio de servicio.
Cuándo se aplica
Cuándo no se aplica
Si el vehículo ya está matriculado ordinariamente en España, no está en baja y tiene la ITV en vigor, el procedimiento aplicable con carácter general es el Grupo A, salvo que su matrícula ordinaria no se corresponda con la fecha de fabricación o de primera matriculación del vehículo, supuesto en el que se aplica el Grupo B conforme al artículo 4 del reglamento.
Requisitos y documentación habitual
La documentación varía según el expediente, pero orientativamente puede incluir:
Cuando el vehículo procede de una situación de baja definitiva, se añaden requisitos específicos que se explican en la página de vehículo dado de baja.
Procedimiento
Solicitud e inspección técnica
El titular solicita la inspección a un Servicio Técnico de Vehículos Históricos, que estudia la documentación disponible e inspecciona el vehículo. El informe técnico resultante tiene, orientativamente, una vigencia máxima de tres meses.Realiza el Servicio Técnico (p. ej. Carricoche)
Comprobación en la estación ITV
La estación ITV comprueba los datos del informe técnico y, si es favorable, expide la tarjeta ITV con las limitaciones y la periodicidad de inspección que correspondan a un vehículo histórico.Realiza la estación ITV
Matriculación en la Jefatura de Tráfico
Con la tarjeta ITV y el resto de la documentación (titularidad, fotografías, DUA si procede), el titular presenta el expediente ante la Jefatura de Tráfico, que resuelve la matriculación como histórico y, si corresponde, asigna la matrícula tipo H.Corresponde al titular y a la Jefatura de Tráfico
Si el informe técnico inicial fuera desfavorable, la normativa prevé un plazo orientativo de seis meses para subsanar los motivos señalados en el informe.
Quién hace qué
El titular reúne y presenta la documentación disponible, y gestiona los trámites ante la Jefatura de Tráfico.
La estación ITV comprueba el informe técnico y expide la tarjeta ITV correspondiente.
La Jefatura de Tráfico resuelve el expediente, matricula el vehículo como histórico y asigna, cuando corresponde, la matrícula tipo H.
Errores y dudas frecuentes
Un error habitual es creer que cualquier Servicio Técnico puede emitir el mismo tipo de certificado: el reglamento distingue entre los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, acreditados conforme a UNE-EN ISO/IEC 17020, con capacidad plena para emitir los informes que exige el reglamento, y las Entidades Relacionadas con Vehículos Históricos, cuya capacidad se limita a determinados certificados de originalidad. Otro error frecuente es presentar el expediente en la Jefatura de Tráfico sin haber completado antes la fase del Servicio Técnico y de la ITV: en el Grupo B, ese orden no puede alterarse.
Preguntas frecuentes
¿Todo Grupo B necesita informe técnico de un Servicio Técnico?
Con carácter general sí. El reglamento prevé una excepción puntual para ciclomotores con el número de bastidor grabado: en ese caso concreto, la inspección previa puede sustituirse por un certificado de una Entidad Relacionada con Vehículos Históricos o de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos, pero esta excepción no se extiende al resto de vehículos del Grupo B.
¿Cuánto tarda un expediente de Grupo B?
No se puede prometer un plazo cerrado: depende de la documentación disponible y de la resolución de cada organismo. El informe técnico tiene, orientativamente, una vigencia máxima de tres meses una vez emitido.
¿Un vehículo del Grupo B siempre recibe matrícula H?
Cuando el vehículo carece de matrícula ordinaria en España o esta no se corresponde con su fecha de fabricación o matriculación, se le asigna la matrícula histórica tipo H.
¿Carricoche garantiza que el informe sea favorable?
No. El informe técnico refleja el resultado real de la inspección y el estudio de la documentación; no se promete un resultado favorable antes de estudiar el caso.
Fuentes oficiales
Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos (Boletín Oficial del Estado) y Dirección General de Tráfico.